Preguntas frecuentes

¿Qué son los estudios de Doctorado?

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior, define la estructura de las enseñanzas universitarias en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado.

El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, en su artículo 2.1., define el doctorado como el tercer ciclo de estudios universitarios oficiales, conducente a la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad.

¿Qué requisitos son necesarios para acceder a un programa de doctorado?

Para acceder al programa de doctorado regulado por el R.D. 99/2011 será necesario, con carácter general:

  • Estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.

También podrán acceder a un programa de doctorado quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Estar en posesión de un título universitario oficial que habilite para el acceso a Máster y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS, de los que al menos 60 deben de ser de nivel de Máster.
  • Estar en posesión de un título oficial español de Graduado/a, de al menos 300 ECTS y cursar complementos de formación, salvo que el plan de estudios cursado incluyera créditos de formación en investigación equivalentes a los de Máster. Véase Resolución rectoral por la que se establecen equivalencias de créditos y valoración de nivel de máster de los títulos universitarios oficiales españoles obtenidos conforme a ordenaciones universitarias anteriores a la regulada por el R.D.1393/2007, de 29 de octubre, a efectos de acceso a los programas de doctorado regulados por el R.D.99/2011.
  • Los titulados universitarios de las especialidades de Ciencias de la Salud, previa obtención de plaza de formación, con evaluación positiva de 2 años.
  • Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará la homologación del título previo ni su reconocimiento a otros efectos.
  • Estar en posesión de otro título español de Doctor.
  • Ser estudiante de doctorado conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
  • Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 778/1998 o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el R.D. 185/1985.

También podrán acceder a un programa de doctorado quienes se encuentren en alguno de los supuestos indicados en el artículo 6.2 y en la disposición adicional segunda del R.D. 99/2011.

¿Cuál es la duración de los estudios de doctorado?

Para los estudiantes que se matriculen en programas regulados según el RD 99/2011, se establecen 3 años, a Tiempo Completo (TC) (más 2 prórrogas excepcionales de un año cada una) y 5 (más 2 prórrogas excepcionales, la primera de dos años y la segunda de un año) a Tiempo Parcial (TP).

¿Qué es el Documento de Actividades del Doctorando (D.A.D)?

Se entiende por documento de actividades del doctorando (D.A.D) el registro individualizado de control de actividades de formación realizadas por el doctorando. Este documento será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis y evaluado anualmente por la comisión académica responsable del programa de doctorado.

¿Cuándo me puedo matricular?

En cada Universidad hay plazos específicos, pero como norma general las convocatorias son dos, una en octubre y otra en febrero.

Consultar en la página de cada Oficina de Doctorado.

¿La estancia de 3 meses para optar por la Mención Internacional en el título de Doctor debe ser ininterrumpida?

No es necesario. Según Acuerdo de la Comisión de Doctorado con fecha 18/11/2008 se puede optar a la Mención Internacional siempre que la estancia de tres meses fuera de España resulte de la suma de varias estancias y que ninguna de ellas sea inferior a 30 días, realizándose dichas estancias en el ámbito del mismo proyecto y en la misma institución de enseñanza superior o centro de investigación.

¿Cuál es el marco normativo actual en los estudios de Doctorado?

La publicación del Real Decreto 99/2011, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado ha implicado el desarrollo de dos normativas propias en la Universidad de Sevilla, Coordinadora del Programa, que es conveniente conocer:

  • Acuerdo 7.2/CG 17-6-11, por el que se aprueba la Normativa de Estudios de Doctorado.
  • Acuerdo 9.1./CG 19-4-12, por la que se aprueba la normativa reguladora del régimen de tesis doctoral.

Igualmente los alumnos deben consultar la normativa correspondiente a la Universidad en la que se encuentran matriculados.